miércoles, 24 de marzo de 2010

Propuesta de Libre Asociación del Senador Antonio Fas Alzamora

Como si el inspirador discurso ofrecido por el visionario Willie Miranda Marín el 15 de febrero no hubiese sido suficiente para energizar al movimiento soberanista en Puerto Rico, el 8 de marzo le tocó al Senador Antonio Fas Alzamora hacer una contribución importantísima a esa lucha por la dignidad política y el progreso económico y social de nuestra nación. La propuesta de libre asociación presentada por Fas Alzamora, titulada “Pacto de Asociación Entre Los Gobiernos Del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y Los Estados Unidos de América”, es una que merece toda nuestra atención pues establece las bases de un prometedor proyecto de convergencia soberanista. Tras presentar su propuesta, Fas Alzamora inmediatamente comenzó un proceso inclusivo de vistas públicas para discutir la misma y considerar enmiendas, lo cual es el paso lógico a seguir para forjar una amplia alianza soberanista.

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El hecho de que la propuesta presentada por Fas Alzamora fuera un detallado documento de más de 40 páginas, producto de más de diez meses de estudio y la participación de varios especialistas, en vez de algún panfleto con más forma que esencia, facilitará tremendamente la discusión y refinamiento de los variados puntos que atiende dicha propuesta. Esa claridad y transparencia, a su vez, le abrirán las puertas a muchos soberanistas que han dudado, con buenas razones, de las propuestas que han surgido dentro del PPD en el pasado. Además, el documento provee una definición, con lujo de detalles, de lo que es la libre asociación. Por lo tanto, cuando tanto los estadistas como los estadistas lite se lancen al ataque con sus bolas de fango, utilizando el fantasma de la república bananera, los soberanistas tendremos una definición de más de 40 páginas para taparles la boca. Por ejemplo, es muy posible que alguno de los líderes soberanistas del PPD se vea en la obligación de, en plena Asamblea General del partido, aclararle al arrodilladísimo estadista lite José Alfredo Hernández Mayoral que en el Título I, artículo 3, sección 1-b del propuesto Pacto de Asociación, se establece claramente que los puertorriqueños nacidos luego de la fecha de vigencia del pacto, de padres puertorriqueños con ciudadanía dual, tendrán también las dos ciudadanías (Puerto Rico y Estados Unidos).

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Es precisamente la inserción del concepto de ciudadanía dual en el pacto lo que, con toda probabilidad, crea un potencial de convergencia inmenso. Por un lado existe en Puerto Rico un sector importante que no estaría dispuesto a apoyar ninguna propuesta que no otorgue completa validez jurídica y reconocimiento internacional a la ciudadanía puertorriqueña. Por otro lado existe un amplio grupo de puertorriqueños que no ponen en duda su nacionalidad borincana ni por un segundo, pero sí temen, por las razones que sean, perder la ciudadanía americana. La propuesta de mantener dos ciudadanías, ambas igualmente válidas, permitirá que estos grupos se unan en un mismo movimiento patriótico, creando las condiciones propicias para derrotar de una vez por todas a las fuerzas asimilistas en nuestro país. La primera batalla se dará dentro del PPD. Sin lugar a dudas, los vientos soplan a favor de la libre asociación, mientras que nuestro estatus colonial sigue perdiendo amigos en Puerto Rico, Estados Unidos y el mundo.

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A parte de la novel añadidura del concepto de ciudadanía dual, el resto del pacto propuesto es consistente con los tratados de libre asociación que Estados Unidos mantiene con Micronesia, Palau e Islas Marshall. Los acuerdos estipulados en el documento atienden la gran mayoría de los reclamos que los sectores soberanistas consideran cruciales. Entre dichos elementos cruciales se destacan la exclusión de Puerto Rico de la cláusula territorial de Estados Unidos, el reconocimiento de nuestra personalidad jurídica internacional, la capacidad para llevar a cabo nuestras relaciones exteriores, capacidad de pactar con otras naciones, control de inmigración, control de aduana, control de las comunicaciones y derechos marítimos, entre otros. La sustitución del Tribunal Federal de Distrito por un Tribunal del Pacto compuesto por jueces de ambos países es de vital importancia ya que los soberanistas entendemos que un Puerto Rico soberano no puede atenerse a las decisiones de un tribunal de los Estados Unidos. En fin, el pacto propuesto por Fas Alzamora está muy bien diseñado.

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Ahora bien, perfecto no hay nada en la vida y el primer borrador del Pacto de Asociación no es la excepción a la regla. Con toda probabilidad las vistas públicas ayudarán a clarificar o perfeccionar algunos elementos del documento. Por ejemplo, el requerimiento de terminación del pacto sólo por acuerdo mutuo no es consistente con el concepto de soberanía. La intención del autor claramente no fue limitar la soberanía de Puerto Rico sino proteger el pacto de los vaivenes políticos tanto en Estados Unidos como en Puerto Rico. Eso se puede lograr con un requerimiento menos absolutista. Por ejemplo, se podría estipular en el pacto que la terminación del mismo requiera una super mayoría de 2/3 partes de los votos en Cámara y Senado, ya sea en Estados Unidos o Puerto Rico. Con ese requerimiento aseguraríamos, sin afrenta a nuestra soberanía, que el Pacto de Asociación sobrevivirá votaciones meramente partidistas.

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Nos encontramos ante la oportunidad de reescribir nuestra historia con un movimiento de convergencia que logre el triunfo y renacimiento de la nación puertorriqueña. Si logramos trascender las pequeñeces que nos dividen y nos concentramos en el sentimiento nacional y el hambre de dignidad y progreso que nos unen, nos esperan días gloriosos. En un artículo anterior mencioné que en la primera mitad del 2010 deberíamos sentar las bases de una alianza soberanista. El discurso de Willie Miranda Marín preparó el terreno y el Pacto de Asociación de Antonio Fas Alzamora representa una base sólida sobre la cual podemos construir una alianza soberanista sin precedentes, una para los libros. Quien no quiera ser parte de la historia, que se siente a mirarnos desde las gradas. Este es el momento de crecernos, este es el momento de ser una nación.

4 comentarios:

  1. El proyecto presentado por Faz, no es un proyecto que se halla inventado del vacio. El proyecto que detalla las condiciones de un Pacto de Asociacion usa el modelo adoptado por los paises del pacifico. Si se implanto en el Pacifico como modelo de Gobierno, entonces no hay problema en la adopcion de este modelo en PR y la aceptacion de EE.UU. para otorgarlo.

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  2. Comente el como Anonimo en el comentario de arriba, mis disculpas; soy nuevo en esto de los Blog. aqui les dejo mi nombre y mi informacion de contacto.

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  3. Quisiera comentar mi observacion sobre el Asunto del requerimiento de terminación del pacto sólo por acuerdo mutuo. Menciona que eso no es consistente con el concepto de soberanía y propones un mecanismo alterno. Ese mecanismo que propones es:
    "que la terminación del pacto requiera una super mayoría de 2/3 partes de los votos en Cámara y Senado, ya sea en Estados Unidos o Puerto Rico."

    Te adelanto que ese pacto no puede ponerle limitaciones al la soberania de los EE.UU. Nosotros si podemos decidir como acordar el pacto con 2/3 partes y de hecho me parece estupenda idea que se requiera ese numero en nuestro cuerpo para decidir si terminamos el pacto. Ahora bien ese pacto no es aceptado si le dice a los EE.UU. como debe ellos decidir la terminacion de pacto, porque eso seria una intromision nuestra en la Soberania de ellos.

    Por otra parte que el pacto termine por consentimiento mutuo no es inconsistente con el concepto de soberania. Esa manera de terminar el acuerdo propuesto por Faz es exactamente igual a la forma de terminar los acuerdos en los Estados Asociados del Pacifico y ellos son Soberanos reconocida su personalidad juridica ante la ONU. He aqui un "link" del Tratado.
    http://www.fsmlaw.org/compact/t04art04.htm

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  4. Jonathan,

    Gracias por tus comentarios. Segui tu enlace al TLA de Micronesia con EUA y, si bien vi el termino "mutual consent" en la primera seccion, luego dice...

    "Section 443
    This Compact shall be terminated, pursuant to their respective constitutional processes, by the Government of the Marshall Islands or the Federated States of Micronesia subject to Section 453 if the people represented by such Government vote in a plebiscite to terminate. Such Government shall notify the Government of the United States of its intention to call such a plebiscite which shall take place not earlier than three months after delivery of such notice. The plebiscite shall be administered by such Government in accordance with its constitutional and legislative processes, but the Government of the United States may send its own observers and invite observers from a mutually agreed party. If a majority of the valid ballots cast in the plebiscite favors termination, such Government shall, upon certification of the results of the plebiscite, give notice of termination to the Government of the United States, such termination to be effective on the date specified in such notice but not earlier than three months following the date of delivery of such notice. The time specified in the notice of termination may be extended."

    O sea, Micronesia no necesita que EUA este de acuerdo para salirse del TLA. Consentimiento mutuo significaria que Puerto Rico no podria dar el pacto por terminado si EUA no esta de acuerdo. Eso es lo que seria inconsistente con la soberania de Puerto Rico.

    Saludos.

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